lunes, 28 de marzo de 2011

EL MITO EN PLATÓN

.
                                                                    .
Breve reflexión sobre este tema.

          MAX. LUGO

 La palabra mito proviene del vocablo griego “mythos”, que significa narración o relato. Entiendo por mito, la narración a través de la cual los colectivos de seres humanos buscan comprenderse y orientar un sentido a su estancia en el mundo. Es un término vinculado con el arché, con el origen, con el principio como condición metafísica.
Según  José Ferrater Mora (Diccionario de Filosofía K-P), se llama mito a un relato de algo fabuloso que se supone aconteció en un pasado remoto y casi siempre impreciso.
Por su parte Carlos García Gual, en la entrada correspondiente a Mito, del Diccionario de hermenéutica, dirigido por A. Ortiz- Osés y P. Lanceros (Deusto), recuerda a G. S. Kirk cuando afirma en su libro El mito: su significado y funciones en las distintas culturas, que “no hay ninguna definición de mito que se ajuste a todos los casos reales. Los mitos difieren enormemente por su morfología y su función social”   y apoyándose en este autor señala de manera pragmática en el mismo texto: “…entendemos por ‘mito’ un relato tradicional que cuenta la actuación memorable de unos personajes extraordinarios en un tiempo prestigioso y lejano”
 De acuerdo a Salustio, en su obra “Sobre los dioses y el mundo”, los mitos se clasifican en: teológicos, físicos, psíquicos, materiales y mixtos. En tanto que actualmente, la clasificación que predomina es la de mitos: teológicos, cosmogónicos, escatológicos y etiológicos.
Existe una relación entre  mito y filosofía. El paso del mito al logos como explicación del mundo y de las relaciones que lo constituyen de manera simplista, puede decirse que en tratándose del mito representa una forma primigenia e incompleta de dar cuenta de la realidad; en tanto que el logos, valdría como forma completa y correspondiente de la verdad. Sin embargo esto no es del todo acertado si se toma en  consideración  que la filosofía requiere de mito en muchas ocasiones para explicarse.         
 Ferrater Mora (op. cit.) afirma que Platón retomó el uso del mito de los sofistas, en cuanto éstos admitieron la narración mitológica “como envoltura de la verdad filosófica”. Por lo que es para el Académico “como un modo de expresar ciertas verdades que escapan al razonamiento” y por ello no puede ser eliminado de la filosofía platónica.
En tanto  García Gual en la fuente precitada señala al referirse a los mitos en Platón, que la invención de éstos “es ante todo una recreación de relatos de corte tradicional, hecha sobre una pauta previa y un esquema típico” y considera que los mitos platónicos son “mitos secundarios”, que “sólo al ser memorizados por la colectividad podrían devenir mitos auténticos.”
En la República, el Timeo, el Político, Fedro, el Banquete, el Fedón, el Gorgias, el Protágoras, el Menón, Critias  y en las Leyes,  encontramos la presencia del mito en Platón.
Emilio Lledó en un escolio de la intorducción General de los Diálogos I (Biblioteca Clásica Gredos), presenta la siguiente clasificación de los mitos platónicos:"a) Mitos escatológicos. Origen del alma: Fedón 95c ss; Timeo 40b ss y 90a ss. Caída, infierno, metempsicosis: los caballos alados, Fedro246, el infierno de Gorgias 522a ss; el mito de Er, Rep. X 614a; metempsicosis, Fedro 248e, y Fedón 80e; reminiscencia, Menón 81b ss; naturaleza humana, Timeo 69c ss; Rep. IV 436a ss.- b) Mitos antropológicos. El mito del andrógino, Banquete 189d ss. El nacimiento de Eros, Banquete 201d. El mito de Prometeo, Protágoras 320a ss.- c) Mitos cosmológicos. Mito del mundo, Cronos, Político 268d; Leyes IV 713b ss. El hombre natural, Rep. II 272a ss., y III 678c ss. El mito geográfico, Fedón 107d. La Atlántida, Timeo 20d;Critias 108d ss.- d) Mitos gnoseológicos. La Caverna, Rep VII 514b ss."   
 Por su parte, Joan Baltza en la entrada Mito/Logos del  diccionario de hemenéutica señalado con antelación, expone  que Platón en el ámbito de la lógica conceptual abstractiva, recurrirá al mythos como remedio de lo contradictorio de su dialéctica identitaria, y cita  en el Timeo, el ejemplo del demiurgo, “éste se encuentra —dice—entre el mundo inteligible  o visible –horatós: e.e. el mundo de las ideas--, y el mundo sensible o invisible –aóratos: e.e. sin idea, sin forma, puro devenir impermanente--…”
El mismo autor interpreta el mito de la caverna citado por Platón en la República en los términos siguientes: “lo obscuro, dice, las sombras, el Mal, --la cueva—enfrentando a lo claro, la luz, el Bien –el sol: representación de la Idea de las Ideas—la ascensión dialéctica desde el reino de las sombras –lo infernal, lo confuso—hacia y hasta el reino de la claridad brillante –lo celeste, lo definido--: es también la ascensión del mythos al logos…”.
En tanto Antonio Alegre Gorri en la entrada Platón del propio diccionario de hermenéutica, lo  define  como  el filósofo del símbolo en el sentido etimológico de la palabra y hace cuatro lecturas del mito de la caverna a saber:
a)    Descripción textual, en que menciona que hay una pared al fondo de la caverna por donde pasan las sombras que los prisioneros tienen como reales y quienes miran sólo al frente; en tanto que en la parte posterior, existe una tapia tras de la cual pasan hombres portando objetos que sobresalen por encima y cuyas sombras se proyectan al frente. Atrás de todo ello muy cerca de la entrada, existe un fuego que permite la proyección de las sombras  antes mencionadas, que representa el Sol y las cosas naturales iluminadas y engendradas por el mismo astro, lo que metafóricamente representarían el Bien y las Ideas.
b)   Lectura epistemológica (ofrecida por Platón en la República).En la que contrapone lo opinable y lo pensable. La imaginación y creencias, con el pensamiento y la inteligencia.
c)    Lectura religiosa antropológica. En la que están en juego los instintos y su control, con las ideas normales, formales y principios superiores.
d)   Lectura política. Los regímenes políticos negativos, respecto a la ciudad ideal.
 En el diálogo el  Político  cuya  estructura,   de acuerdo a María Isabel Santa Cruz (Biblioteca Clásica Gredos), consta de cinco partes, a saber: “I. Uso del método de división dicotómica, para llegar a la definición preliminar del político como pastor del rebaño humano (257 a-268 b). II. Mito sobre la reversión periódica del universo y corrección de la definición inicial del político (268 d- 277 a). III. Definición del arte de tejer, tomando como modelo del arte político (277 a- 283 c). IV. Caracterización del arte de medir y de la justa medida (283 c- 287 b). V. Distinción de los estamentos de la sociedad y de los diferentes regímenes de gobierno, para llegar a la definición final del político como tejedor real (287 b- 311 c)”, es claro que el mito tiene una gran relevancia  en su desarrollo respecto a la reversión del universo y las consecuencias que trae consigo para la vida humana.
  En "Fedro"Platón presenta el mito del carro alado como una metáfora del alma, sus partes y del afán humano por el conocimiento y el ser. En el “Banquete”, de acuerdo a la enseñanza de Diotima, el mito de Eros como el  hijo  de Poros (el recurso económico)  y Penia (la pobreza). Es decir de la opulencia  y de la extrema miseria.
En todos los casos, Platón justifica el uso del mito  indicando que es una forma adecuada para hacer una exposición más accesible y didáctica de temas filosóficos que la puramente racional y lógica, pero a veces también, que hay temas que parecen exceder las posibilidades del conocimiento humano y sólo se pueden presentar de un modo aproximado, intuitivo, y metafórico. Los mitos en Platón no tienen una interpretación única y absoluta; tiene un grado de libertad que nadie es capaz de constreñir .
En ese orden de ideas, concluyo esta reflexión  con las palabras de Víctor Brochard. El mito no puede ser eliminado de la filosofía platónica, pues desaparecería de ella la doctrina del mundo, del alma y de Dios, así como parte de la teoría de las ideas. Es  algo más que  una opinión probable. Aparece como  un modo de expresar el  reino del devenir. 


.


lunes, 21 de marzo de 2011

EL GRAN DICTADOR



Reflexión acerca de la película homónima protagonizada por Charles Chaplin, a propósito de la lectura del  capítulo 1 El antisemitismo como un insulto al sentido común, del libro Los orígenes del totalitarismo.  
1. Antisemitismo, de Hannah Arendt.

MAX. LUGO.





Arendt  sostiene en esencia,  que el antisemitismo  reivindicado por los nazis como su principal descubrimiento, fue considerado por la opinión pública como pretexto o truco demagógico para captar a las masas. Agrega, que su crecimiento se dio en la medida en que decrecía el nacionalismo hasta llegar a su culmen cuando se derrumbó el sistema europeo de la Nación – Estado. Lo anterior coincidió cronológicamente cuando los judíos perdieron sus funciones públicas  y su influencia, pero conservaron su riqueza.
Es bien importante la apreciación que hace la autora en este aspecto, pues normalmente se tiene la idea –infundida por historiadores—que el antisemitismo proveniente de los nazis fue simplemente por el odio de la llamada raza aria en su contra. Sin embargo, esto no deja de ser sólo una opinión que recuerda –como lo señala Arendt—a los sofistas  con su arte de hechizar a la mente con “argumentos” que nada tiene que ver con la verdad,  sino con  su  doxa,  como lo precisa  Platón en el Fedro (261),  que por propia naturaleza es mudable y válida sólo en el momento del acuerdo y en cuanto éste dura. En esto último recuerda también  el parágrafo 172 del Tetetes, del propio Académico.
Es en el cine  con Chales Chaplin  donde encuentro un ejemplo de lo que Arendt  sostiene en la lectura que me sirve de base, ya que  Chaplin en 1939- 1940 escribió, produjo, actúo y dirigió la película El gran dictador, por la que mereció la nominación  al Oscar en 1940 a Mejor Actor y Mejor Guión.
 Ésta  es la primera película hablada que hizo Chaplin. Su origen  data de 1938 y uno de los papeles que representa es el de  Adolf Hitler;  realiza una excelente parodia de las ideas políticas, sociales, culturales y económicas del nazismo. Hitler,  que con el nombre de Adenoid Hynkel  es representado por Chaplin  con gran ironía  como un hombre inmaduro, egoísta, infantil, inseguro e incapaz de tomar decisiones, así como  de gobernar  un pueblo. El globo terráqueo con que juega en una de las escenas le explota en sus manos –como fue en la realidad-- y  frente a otro dictador, el de Bacteria, Benzino Napaloni, que representa a Benito Mussolini,  se achica.
El otro personaje  que representa Chaplin en la cinta, es  el de  un barbero judío que combatió con el ejército de Tomania en la primera guerra mundial y a causa de un accidente quedó amnésico; 20 años después   vuelve a  casa  sin conocer la situación que priva en su país.
Otros personajes  complementan el reparto: Garbitsch (de garbage: basura en inglés), representa a Joseph Paul Goebbels, quien fuera ministro de educación popular y propaganda del gobierno nazi  y a quien Hitler le encomendó la dirección de la guerra total,  el Mariscal Herring  evoca al Mariscal Hermann Wilhelm Göring , reponsable de las fuerzas aéreas  alemanas, el oficial Schultz, a quien el barbero  judío había salvado de morir en la primera guerra mundial y la bella Hannah que,  además de  otras personas, formaba parte de la comunidad judía a la que pertenecía el barbero.
Desde el inicio de la cinta, Chaplin adopta una estructura dual. Representa al barbero judío que habita al igual que sus paisanos en el  ghetto. En este papel  permanece callado hasta poco antes de concluir la cinta. Asimismo a  Hynkel, quien pronuncia constantemente discursos ante grandes públicos y  frente a sus colaboradores en la sede del gobierno de Tomania. Esta dualidad sirve para ironizar la actitud del dictador y a la vez patentizar la miserable vida de los pobres judíos atacados regularmente por las fuerzas de asalto, lo que dará lugar a la reflexión  metafísica que se  hace al final del filme.
El gran dictador  es una crítica severa a las dictaduras de Hitler y Mussolini. Empero, es  al mismo tiempo un canto a la esperanza, a la democracia, a la paz, a la libertad y a la felicidad, cuando el dictador es confundido por sus hombres con el barbero.         
Al ver la cinta, no puedo dejar de relacionar al personaje de Hynkel con el ironista liberal a que se refiere Richard Rorty en su libro Contingencia, ironía y solidaridad que escribiera en 1989, en el que afirma que el léxico último  son las  palabras con las que narramos  la historia de nuestras  vidas  prospectiva y a veces retrospectivamente; que  es  último porque los recursos que se poseen en caso de duda son circulares, siendo  una porción de ellos “verdadero,”  “bueno,” “correcto” y “bello” y considera  por su léxico precisamente a dos tipos de personas: el ironista liberal (que como he dicho, relaciono con el personaje de Hynkel) y el metafísico, que a su vez relaciono con el del otro personaje que representa Chaplin, el del barbero judío, al pronunciar la pieza oratoria --al final de la película-- para celebrar la anexión de Ostelrich a Tomania, donde  se refiere a conceptos como felicidad, libertad, paz, tolerancia, etc.

Rorty llama ironista a quien reúne estas tres condiciones: A) Tenga dudas  acerca del léxico último que utiliza habitualmente, debido a que ha incidido en ella otros léxico. B) Advierte que un argumento formulado con su léxico actual, no puede consolidar ni eliminar esas dudas. C) Al filosofar, no piensa que su léxico se halla más cerca de la realidad que los otros.
 Sostiene además, que lo opuesto a la ironía es el sentido común y que tener éste es dar por sentado que las afirmaciones formuladas en el léxico último, bastan para describir y para juzgar las creencias, acciones y vidas de quienes emplean léxicos últimos alternativos. Asevera, que este tipo  corresponde al metafísico en el sentido de Heidegger; es decir, de quien  considera la naturaleza intrínseca de la justicia, la ciencia, el conocimiento, el Ser, la fe, la moralidad, la filosofía  sin redescribirlas,  sino sólo  analizarlas con  viejas descripciones ayudadas  de otras iguales. En cambio, afirma,  el ironista es  nominalista e historicista, porque  estima que nada tiene una naturaleza intrínseca, una esencia real más allá de los juegos del lenguaje de su época.
Después de lo ya dicho, y para una mejor comprensión de  la película, sintetizo el argumento  en los términos siguientes:   Al  concluir la primera guerra mundial, un soldado del ejército de Tomania, salva  la vida del oficial Schultz,  pero a su vez  sufre un accidente y pierde la memoria, por lo que permanece internado en un hospital por espacio de 20 años. Amnésico aún,  escapa y  regresa a su comunidad en donde reabre su barbería, ignorando que el país es ahora gobernado por el dictador Adenoid Hynkel, y  que los judíos son discriminados.

Hannah, una joven del ghetto, defiende al barbero cuando es acosado por miembros de las fuerzas de seguridad de Hynkel. Ambos se enamoran y deben sufrir los atropellos de la dictadura al igual que los demás miembros de su comunidad y aunque tienen brevemente  la protección de Schultz, que reconoció al barbero, y  un corto periodo de paz  mientras Hynkel trata de conseguir financiamiento de un banquero judío para sus ambiciones de dominación global, al ser rechazado el préstamo solicitado vuelven las hostilidades en su contra.

 Schultz cae en desgracia por encararle su falta de humanidad al dictador y  ocultarse con los judíos. La persecución produce que el barbero y Schultz sean enviados a un  campo de concentración.

Hynkel decide invadir Osterlich, pero  también desea invadir ese mismo territorio  el dictador de  Bacteria, Benzino Napaloni,  por lo que el primero le invita a una plática de carácter diplomático  en la que se empequeñece su figura ante Napaloni, y concluye en una  guerra de comida y pasteles entre los dos dictadores.

Hannah y las personas del ghetto huyen hacia Osterlich, pero al poco tiempo se inicia la invasión desde Tomania. El barbero y Schultz escapan del campo de concentración del que se encontraban recluídos, al mismo tiempo Hynkel es detenido por error por sus propias tropas y por su gran parecido con el barbero éste será tomado por Hynkel y conducido a dar un discurso sobre el inicio de la conquista del mundo.

Sin embargo, para sorpresa de todos, la pieza oratoria que pronuncia el barbero enfundado en la ropa de Hynkel, es la siguiente:

lunes, 14 de marzo de 2011

LA PROPINA EN EL DERECHO MEXICANO

   El tema de la propina puede abordarse en el derecho mexicano desde varios ángulos. Laboral, fiscal y económico. Esta reflexión tiene como propósito hacerlo  desde el punto de vista del Derecho del Trabajo.
                                                        MAX. LUGO.

De acuerdo a Joan Corominas en su Breve diccionario etimológico de la lengua castellana, el vocablo propinar, que significa dar de beber, fue tomado en nuestra lengua  hacia 1423 del latín propinare y éste del griego propinóbebo antes que alguien’, ‘bebo a su salud’, ‘doy regalo’. De  esta palabra deriva Propina, incorporada en 1495 al español  del bajo latín  propina, ‘dádiva’, ‘convite’.   
El Diccionario del la lengua española de la Real Academia Española (2001) define la palabra propina bajo tres acepciones: 1.- Agasajo que sobre el precio convenido y como muestra de satisfacción se da por algún servicio. 2.- Gratificación pequeña con que se recompensa un servicio eventual y 3.- Colación o agasajo que se repartía entre los concurrentes a una junta, y que después se redujo a dinero. En su oportunidad se verá, que el significado más apropiado para los efectos de este trabajo es el marcado con el número uno.
 Héctor Genoud( Enciclopedia jurídica OMEBA  Tomo XXIII Pres- Razo) al referirse al tema de la propina, coincide en señalar   que esta dádiva o recompensa, ha sido vinculada desde antiguo con la idea de bebida, y hace la  analogía del vocablo en diversos idiomas modernos como en francés pour boire  y en catalán per beure expresiones  que significan  para beber´. En tanto que en  los idiomas:  alemán, Trinkgeld,   sueco  drickspengar,   danés drikkepenge,   noruego drikkepenger y finlandés juomaraha,   quieren decir :´dinero para beber’  y en ruso, la expresión  podachka na chai, donativo para el té.
El mismo autor señala, que la naturaleza jurídica de la propina presenta algunas dificultades de las que se han derivado una gran cantidad de teorías. Cita la de Pierre Voirin quien piensa que es un puente entre dos contratos distintos. Uno, el que celebra el empresario y sus clientes, que puede ser de hospedaje, transporte, etc.  y el otro, entre el mismo empresario y sus asalariados.  Esta teoría, sigue diciendo, es refutada por Mario L. Deveali quien rechaza  que la propina constituya una parte del salario, y distingue dos hipótesis, a saber: a) Cuando las propinas sustituyen  al salario en todo o en parte que se debería al trabajador y b) cuando lo superan  y el trabajador abona la diferencia al patrón. Para el primero, sigue a Lodovico  Barassi,  quien considera que hay una retribución  en especie  consistente en la posibilidad que le da el empleador al empleado de percibir propinas, en tanto en el segundo supuesto  estima, que se está en presencia de un contrato mixto.  
En el derecho mexicano no se plantea este tipo de conflictos, pues la propina es parte del salario como lo prevé el artículo 346 de la Ley Federal del Trabajo, ya que así se encuentra regulada legalmente a partir de 1970,  en tratándose de trabajadores a que se refiere el Título Quinto,  Capítulo XIV;  es decir, quienes desempeñan sus labores   en hoteles, restaurantes, bares y otros establecimientos análogos, en términos de lo dispuesto por el diverso 347 del mismo Ordenamiento legal.
En la Exposición de Motivos de la ley en cita, sobre la reglamentación de la propina se dijo: “Un asunto de particular importancia se refiere a las propinas que constituyen una de la fuentes principales  de ingreso: la doctrina ha discutido  cuál es su naturaleza, pero la parte más importante ha llegado a la conclusión  de que debe considerarse parte del salario, criterio  que se adopta en el artículo 346. Las propinas revisten, generalmente, dos formas: en los países europeos ha establecido la Ley que debe cargarse un porcentaje fijo sobre las consumisiones, y cuando tal cosa ocurre es fácil determinar el monto de las propinas y, por lo tanto, el ingreso que efectivamente percibe cada trabajador, pero cuando no se fija ese porcentaje tal como ocurre entre nosotros, no es fácil precisar el monto del salario: para estos casos dispone el artículo 347 que las partes fijarán el aumento que deba hacerse al salario de base para el pago de cualquier indemnización o prestación que corresponda a tales trabajadores. Finalmente, el artículo 346 previene que los patrones no pueden reservarse ninguna participación en las propinas”.
Como se ha dicho, los artículos 346, 347, asimismo  --con error de técnica por su ubicación ya que se refiere a la inspección de trabajo--, el  350 de la Ley Federal del Trabajo, regulan la propina en los términos siguiente.
Artículo 346.- Las propinas son parte del salario de los trabajadores a que se refiere este capítulo en los términos del artículo 347.- Los patrones no podrán reservarse ni tener participación alguna en ellas.
Artículo 347.- Si  no se determina, en calidad de propina, un porcentaje sobre las consumisiones,  las partes fijarán el aumento que deba hacerse al salario de base para el pago de cualquier indemnización o prestación  que corresponda a los trabajadores.- El salario fijado para este efecto será remunerador, debiendo tomarse en consideración la importancia del establecimiento donde se presten los servicios.
Artículo 350.- Los Inspectores del Trabajo tienen las atribuciones y deberes especiales siguientes:
I.(…).- II. Verificar que las propinas correspondan en su totalidad a los trabajadores; y…
Con relación al contenido del artículo 346, Mario de la Cueva en la parte conducente del capítulo LI  Los trabajadores de la propina , tomo I de su obra El nuevo derecho mexicano  del trabajo apunta, que   cualquier cláusula que desvirtuara el sentido del precepto legal sería nula y los trabajadores  estarían en posibilidad de rescindir las relaciones laborales, reclamando el pago de la indemnización  en términos del artículo 51 fracciones II y IV de la propia ley,  ya que la reserva o retención de propinas constituye falta de probidad patronal y retención salarial; o bien, exigir las sumas reservadas o retenidas.
Por otra parte, el comentario que hace al artículo 347 reviste una gran importancia,  pues como lo expone, no resulta fácil cuantificar las propinas ya que su monto aumenta o disminuye en función de la categoría de los establecimientos, de la afluencia de la clientela, de la generosidad de ésta, así como de los grados de preparación y destreza del propio personal. Al efecto y en función de la norma,  hace las reflexiones siguientes: “a) Subrayamos las palabras indemnización o prestación, porque se manifiesta la intención de los autores de la Ley y del poder legislativo de recalcar que la propina integra el salario para todos los efectos legales; b) El párrafo final del mismo art. 347 ratificó el principio de salario remunerador en los términos siguientes:  ´El salario fijado para este efecto será remunerador, debiendo tomarse en consideración la importancia del establecimiento donde se presten los servicios´, lo que implica la posibilidad de que en la misma localidad se estipulen sumas distintas para establecimientos de diversa categoría; c) Puede ocurrir que no se haga la fijación prevista o que la que se conviniere no satisfaga el principio de salario remunerador. En las dos hipótesis puede acudir el trabajador a la Junta de Conciliación y Arbitraje para que fije imperativamente los montos de los salarios, solicitud que podrá hacerse también por los sindicatos ante los patrones en la revisión de los contratos colectivos, y, claro está, ejercitar en su caso el derecho de huelga”.
 La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sentado jurisprudencia  a través de la entonces Cuarta Sala, en el sentido de que en tratándose de trabajadores que por la naturaleza de su trabajo tengan derecho a propinas, éstas deben formar parte del salario en caso de pago de indemnizaciones en los términos que se establece en la tesis 4ª./J. 33/ 93,  localizable en la página 18 tomo 69 de la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Octava Época, correspondiente al mes de septiembre de 1993, que dice lo siguiente: “PROPINAS, MONTO DE LAS. FORMAN PARTE DEL SALARIO, POR DISPOSICION DE LA LEY, Y DEBE CONDENARSE A SU PAGO CUANDO SE TENGA POR CONFESO AL PATRON. Esta Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, estima que cuando en una demanda laboral iniciada por un trabajador de aquellos a los que se refiere el artículo 344 de la Ley Federal del Trabajo, éste pretende indemnizaciones y afirma que su salario se integra con una cantidad específica por concepto de propinas, mientras que el demandado es omiso en controvertir el monto de aquéllas al contestar la demandada, o bien que se le tiene por contestada la demanda en sentido afirmativo, sin prueba en contrario, la Junta que conozca del asunto debe tener por acreditado ese hecho, conforme a lo establecido en los artículos 784, fracción XII, 873, primer párrafo, 878, fracción IV, y 879, párrafo tercero, todos del ordenamiento legal en cita, y condenar al patrón, tomando como base para la cuantificación correspondiente el salario del trabajador integrado con la cantidad que por concepto de propinas señale, siempre y cuando los hechos y la cantidad que por concepto de propinas se afirmen sean verosímiles, acordes a la naturaleza del servicio prestado, la ubicación e importancia de la fuente de trabajo, la costumbre, el tipo de clientes y otras cuestiones análogas, ya que en todo caso, de conformidad con el artículo 841 de la ley laboral, la Junta válidamente puede apartarse del resultado formal y resolver apreciando los hechos a conciencia, desde luego, fundando y motivando su decisión.”
Ahora bien, a nivel internacional México  siendo consecuente con lo establecido en el derecho patrio, suscribió  con los Estados   de Alemania, Austria, Barbados, Chipre, República Dominicana, España, Fiji, Guayana, Iraq, Irlanda, Líbano, Luxemburgo, Suiza y Uruguay, el Convenio 172 ante la Organización Internacional del Trabajo, sobre las condiciones de trabajo (hoteles y restaurantes) 1991 y fue ratificado por nuestro país, según información proporcionada por el propio organismo internacional, en “7.6. 1993” y está  en vigor a partir del“7. 7.1994”.
 En lo atinente a la propina en el referido convenio se pactó lo siguiente: Artículo 6.   1. El término propina significa el dinero que el cliente da voluntariamente al trabajador, además del que debe pagar por los servicios recibidos. 2. Independientemente de las propinas, los trabajadores interesados deberán recibir una remuneración básica que será abonada con regularidad. Asimismo, en cuanto a la aplicabilidad de lo dispuesto en el citado convenio se establece lo que se transcribe enseguida: Artículo 8  1. Las disposiciones del presente Convenio podrán aplicarse por medio de la legislación nacional, los convenios colectivos, los laudos arbitrales o las decisiones judiciales, o por cualquier otra vía procedente y compatible con la práctica nacional.2. En los Miembros en que las disposiciones del presente Convenio sean normalmente objeto de convenios pactados entre empleadores u organizaciones de empleadores y organizaciones de trabajadores, o se ejecuten normalmente por medios distintos a la vía legal, las obligaciones resultantes se considerarán cumplidas en cuanto dichas disposiciones se apliquen a la gran mayoría de los trabajadores interesados, por tales convenios o por otros medios.
En esa consideración y de acuerdo con lo antes señalado, en México, el trabajador a quien le corresponda recibir propinas en los términos  referidos,  no sólo tiene la protección que se establece  en la Ley Federal del Trabajo  y  la que de su articulado conducente  ha establecido la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sino  la que por disposición del artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se prevé  para el caso de los tratados internacionales de los que México sea Parte, atento el criterio sustentado por el H. Pleno de Más Alto Tribunal del País, publicado en la Tesis P. VIII/2007 , localizable en la página 6 del tomo XXV del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Novena Época, correspondiente al mes de abril de 2007 que dice lo siguiente: SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL Y LEY SUPREMA DE LA UNIÓN. INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 133 CONSTITUCIONAL.  A partir de la interpretación del precepto citado, si aceptamos que las Leyes del Congreso de la Unión a las que aquél se refiere corresponden, no a las leyes federales sino a aquellas que inciden en todos los órdenes jurídicos parciales que integran al Estado Mexicano y cuya emisión deriva de cláusulas constitucionales que constriñen al legislador para dictarlas, el principio de "supremacía constitucional" implícito en el texto del artículo en cita claramente se traduce en que la Constitución General de la República, las leyes generales del Congreso de la Unión y los tratados internacionales que estén de acuerdo con ella, constituyen la "Ley Suprema de la Unión", esto es, conforman un orden jurídico superior, de carácter nacional, en el cual la Constitución se ubica en la cúspide y, por debajo de ella los tratados internacionales y las leyes generales.”



   




lunes, 7 de marzo de 2011

DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER.

 Reflexión acerca de su evolución histórica.

                                                                       MAX. LUGO.

Hace un siglo se celebró por primera vez el Día Internacional de la Mujer. Esta centuria precedida de grandes esfuerzos de la mujer por ser reconocida en su dignidad de persona humana, hoy llega a un punto donde  no sólo  ha obtenido mejores condiciones en sus derechos de género dentro de la sociedad,  las relaciones  laborales ,  derechos políticos con la facultad de votar y  ocupar cargos públicos  en todos los niveles, así como a disfrutar de condiciones igualitarias con los hombres, en una gran  parte de los países del mundo.
Cierto es que no obstante los progresos obtenidos, continúa existiendo una gran asimetría entre ambos géneros.  Según datos revelados por la Organización de las Naciones Unidas,  aproximadamente  dos de cada tres adultos analfabetas son mujeres. Las niñas  tienen menos probabilidades de ir a la escuela que los varones y son  muy constantes, en algunas regiones, las  muertes  durante el embarazo o debido a complicaciones relacionadas con el parto. Asimismo, la violencia de la que son víctimas un gran número de mujeres, es alarmante en muchas partes del mundo.
En cuanto a la percepción económica, en términos generales es menor que la de los varones por el mismo trabajo, desconociéndose el principio que a trabajo igual corresponde salario igual. Derechos como el de propiedad y hereditario, les está limitado o restringido en las legislaciones de algunos países  y aunque en muchos otros gozan de plenos derechos políticos, en la práctica sólo ocupan en términos generales el 19% de las curules de los congresos y  son  solamente 28 las jefas de estado  o de gobierno en el orbe.   
Sin embargo,  mucho se ha avanzado desde  aquel 28 de febrero de 1909 en que el Partido Socialista de los Estados Unidos de América, celebró en todos los estados de la Unión, el primer Día Nacional de la Mujer; y  del lejano  1910, en  que  la Internacional Socialista en Copenhague  --con la participación de las tres primeras mujeres que integraron el parlamento finés--- proclamó el Día de la Mujer con carácter internacional con el propósito de conseguir el sufragio universal.
Fue el 19 de marzo  de 1911  la primera celebración del Día Internacional de la Mujer   en Alemania, Austria, Dinamarca  y Suiza, en donde se exigió además del derecho al voto, el de ocupar cargos públicos, al trabajo sin discriminación por razón de sexo, así como a la formación profesional igualitaria a la de los hombres.

 En el año anterior al inicio de la Primera Guerra Mundial ,
 las mujeres  rusas  celebraron el último domingo de febrero  su primer Día Internacional de la Mujer.  En el resto de Europa, su celebración fue el 8 de marzo del año siguiente, para protestar por la guerra o para solidarizarse con las demás mujeres.
 En 1975 la Organización de Naciones Unidas instituyó un Año internacional de la Mujer y convocó a la primera conferencia sobre la mujer en la ciudad de México. En tanto que en 1977 su  Asamblea General adoptó una resolución en la que se proclamó la institución de un Día de las Naciones Unidas para los Derechos de la Mujer y la Paz Internacional.
La segunda conferencia sobre la mujer se llevó a cabo en 1980 en Copenhague, Dinamarca y en 1985 tuvo lugar la tercera en Nairobi, Kenya, con el fin de evaluar los progresos de la década.
Beijíng en 1995 fue la ciudad sede de la cuarta conferencia sobre la mujer, en donde representantes de 189 países reconocieron las desigualdades de género y sus repercusiones en el bienestar social. Se establecieron  en su Plataforma de Acción, objetivos tendentes a promover el desarrollo de la mujer en los sectores político, sanitario y educativo y en el año 2000 durante el 23o. período extraordinario de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, bajo el rubro:  Mujer 2000: Igualdad entre los géneros, desarrollo y paz para el siglo XXI” se examinaron los progresos obtenidos por la comunidad  internacional a partir de  la última conferencia  denominanándola “ Beijing + 5”, revisión que se hizo también en los años  2005 y 2010.
 En el mes de julio de 2010, la Asamblea General de las
 Naciones Unidas creó la entidad denominada ONU Mujeres,
 con el propósito de continuar avanzando en los aspectos de
igualdad de género  y el empoderamiento de la mujer.

Los acuerdos que rigen el trabajo de este órgano son: A) La Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer. B) La Declaración y Plataforma de  Acción de Beijing, adoptada –como se dijo-- en 1995, con sus revisiones en  los años 2000,2005 y 2010. C) La Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de la ONU sobre Mujeres Paz y Seguridad adoptada en el año 2000, en la que se reconoció que la guerra afecta de manera diferente a las mujeres y reafirmó la necesidad de tomar en cuenta este aspecto para la adopción de decisiones relativas a la prevención y resolución  de los conflictos. Posteriormente, el Consejo  adoptó sobre el mismo tema, las resoluciones adicionales 1820 en el año 2008, 1888 y 1889 en 2009 y 1960 en 2010. En conjunto, las cinco resoluciones constituyen un marco tendiente a la mejora de la situación de la mujer en los países afectados por conflictos bélicos. D) La Declaración del Milenio y los Objetivos de Desarrollo del Milenio, adoptados por todos los Estados miembros de la organización,  establecen  una serie de objetivos y metas fijadas para 2015  con el propósito de  promover la igualdad de género y luchar contra la pobreza, el hambre, la enfermedad, el analfabetismo y el deterioro del medio ambiente.
Durante la quincuagésima quinta sesión de la Comisión Jurídica y Social de las Mujeres que se llevó a cabo en la sede de la Organización de las Naciones Unidas en la ciudad de Nueva  York, del 22 de febrero al 4 de marzo de este 2011, a la que asistieron representantes de todos los Estados miembros, entidades de la propia ONU  y   organizaciones no gubernamentales de todas las regiones del mundo acreditadas ante el Consejo Económico y Social, se abordó como  tema prioritario  el acceso y participación de las mujeres y las niñas en educación, capacitación,  ciencias y  tecnología, incluyendo la promoción del acceso igualitario de las mujeres al empleo pleno y el trabajo decente. Como tema de revisión, la  eliminación de todas las formas de discriminación y violencia contra las niñas y  como tema  emergente, la igualdad de género y desarrollo sostenible.

La conmemoración del centésimo aniversario del Día Internacional de la Mujer(IWD por sus siglas en inglés) organizado por ONU Mujeres, tendrá verificativo los días 7 y 8 de Marzo en  la ciudad de Monrovia, capital de Liberia --país del continente africano gobernado por Ellen Johnson - Sirleaf--,  y será presidida por su Directora Ejecutiva, Michelle Bachellete. El tema de la conmemoración será el pensamiento crítico acerca de del acceso a la educación de niñas y mujeres y  su entrenamiento y capacitación para el acceso a la tecnología. Asimismo se insistirá sobre la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer en todos los ámbitos de la sociedad. 

 En México, para la celebración de tan fausto acontecimiento,
a partir de hoy lunes 7 y hasta el viernes 11 de Marzo, tendrá
 verificativo el Primer Congreso Internacional denominado
La Experiencia Intelectual de las Mujeres en el Siglo XXI,
 cuya sede el Palacio de Bellas Artes de la ciudad de México se engalanará  en recibir: escritoras, poetas, dramaturgas,
 científicas, indígenas, músicas, editoras, jóvenes, periodistas,
 filósofas y pensadoras; así como  historiadoras, ensayistas,
 politólogas, artistas plásticas, cineastas, internacionalistas y
 arquitectas, tanto locales como provenientes de Argentina,
 Chile, Colombia, Cuba, España, Estados Unidos, Guatemala,
 Perú, Uruguay y Venezuela, quienes abordarán interesantes
 temas con acceso libre al público, pudiéndose cosultarse la
programación completa en la página

Por otra parte, el día de mañana (8 de marzo) será inagurado por el rector de la Universidad Nacional Autónoma de México y el jefe de Gobierno del Distrito Federal, el  primer Museo de la Mujer en México, segundo en América Latina, ubicado en la casa que albergara la primera imprenta universitaria en 1937, sita en las calles de  Bolivia número 17, en el Centro Histórico de la ciudad de México. El museo cuenta con ocho salas decoradas con pinturas de grandes maestros como Raúl Anguiano, Pablo O’ Higgins y Guillermo Ceniceros, entre otros.


   
     




                               ¿Qué es la ilustración?                                                        Max Lugo.       La ilust...